• Convocatoria 2012 de ayudas para la promoción de los productos agroalimentarios con calidad diferenciada del Programa de Desarrollo Rural 2007-2013

    by  • 27 julio, 2012 • Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria • 0 Comments

    Objeto:

    La concesión de subvenciones, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2007-2013, para la promoción de productos agroalimentarios con calidad diferenciada.

    Actuaciones Subvencionables:

    Las actuaciones en materia de desarrollo de actividades de información y promoción, destinadas a inducir al consumidor a adquirir productos agrícolas o alimenticios, incluidos en el marco de programas de calidad diferenciada de los alimentos.

    Acciones de promoción para organización o participación en ferias o exposiciones. Se entienden comprendidos los gastos derivados de:

    Canon de ocupación:

    -Derechos de inscripción.
    -Alquiler de espacio.
    -Seguro.
    -Consumo eléctrico y térmico de potencia.
    -Canon de montaje.

    Acondicionamiento del recinto:

    -Alquiler de recinto, carpas y mobiliario.
    -Instalaciones de agua, electricidad, red informática.
    -Decoración del recinto.
    -Seguridad.
    -Limpieza.
    -Azafatas/os.

    Material de información y difusión:

    -Carteles, trípticos, pancartas.
    -Páginas web.
    -Actuaciones en prensa escrita, radio y televisión.
    -Jornadas técnicas.
    -Local.
    -Remuneración de ponentes.
    -Azafatas/os.
    -Traductores.

    Desplazamiento, alojamiento y manutención de tres personas por empresa o entidad:

    Los gastos máximos serán los ocasionados desde la localidad donde tenga su sede la entidad beneficiaria. Podrán considerarse los causados desde la otra localidad donde haya tenido lugar la celebración de otras ferias agroalimentarias o actos de promoción y siempre que se justifique adecuadamente.

    Los gastos máximos por desplazamientos realizados a través de autobús, tren o avión se considerarán por el importe del billete. En caso de utilización de vehículo particular, el gasto máximo lo será por kilómetro recorrido.

    Los gastos máximos por alojamiento y manutención serán considerados en las cuantías establecidas para el personal funcionario.

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